domingo, 3 de abril de 2011

Los seguros de vida


Este es mi último post y para el he escogido el tema de los seguros de vida.
El seguro es un contrato por el cual el asegurador se obliga mediante una prima que le da el tomador del seguro  a resarcir un daño o cumplir la prestación convenida si ocurre el evento previsto. En este tipo de contratos el asegurador se obliga a satisfacer al beneficiario un capital, una renta u otras prestaciones convenidas, en el caso de muerte o bien de supervivencia del asegurado o de ambos eventos conjuntamente. Estos seguros están regulados y contemplados por la Ley 52/1980 de los contratos del seguro, siéndole de aplicación la misma o en su defecto la legislación mercantil vigente. Se define un contrato de seguro de vida a los distintos tipos de pólizas que comprenden todos los riesgos que puedan afectar a la existencia, integridad corporal o salud del asegurado.
Los elementos del contrato de los seguros de vida son:
·         Asegurador: como compañía que ofrecerá la contraprestación a cambio de la prima.
·         Tomador del seguro: persona que contrata la póliza y asume el pago de la prima.
·         Asegurado: persona que cubre sus riesgos por la póliza.
·         Beneficiario: persona que resultara indemnizada con la contraprestación del seguro.
·         Prima: cantidad a pagar por el tomador del seguro al asegurador como contrapartida de la cobertura de riesgos.
Los seguros de vida los podemos clasificar entorno al riesgo que cubren:
·         Seguro en caso de muerte: en este tipo de seguro al fallecimiento del asegurado, el asegurador abona al beneficiario instituido por aquel el importe del seguro.
·         Seguro en caso de vida: en este tipo de seguro la entidad aseguradora abona al asegurado el importe del seguro siempre que viva al vencimiento de un determinado periodo de tiempo. También puede convenirse el pago de una renta periódica mientras viva el asegurado.
·         Seguro mixto: constituyen una combinación de los seguros de muerte y de vida.
·         Seguros sobre una cabeza: se paga cuando fallece la persona asegurada.
·         Seguros sobre dos o más cabezas: se paga cuando fallece una de las personas a favor de la otra u otras.
·         Seguro individual: se asegura a una persona con un seguro de muerte, vida o mixto.
·         Seguro colectivo: se asegura de vida a varias personas y el seguro se paga a la muerte de estas a los beneficiarios instituidos.
Es cuadro muestra la evolución de un seguro de vida en 2010.

Las fuentes utilizadas para el desarrollo de este post han sido:

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